accion social docente 2025

Índice

Introducción

📌 Consulta rápida de ayudas, plazos, requisitos y cuantías para el personal docente de la Región de Murcia

El Plan de acción social docente 2025 ya está disponible para el personal docente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Este programa ofrece ayudas económicas para estudios, natalidad, discapacidad, anticipos y situaciones de violencia de género, tanto para los propios docentes como para sus hijos e hijas.

Para facilitarte la vida, en este artículo encontrarás:

¿Quién puede beneficiarse?

Todo el personal docente de centros públicos de la CARM puede solicitar las ayudas, ya sea para sí mismo/a o para sus familiares en determinadas prestaciones (estudios, discapacidad, natalidad…).

Fechas importantes en 2025

  • 31 de marzo: Fin del plazo para solicitar ayudas por estudios, discapacidad personal y natalidad/adopción.

  • 30 de junio: Fin del plazo para ayudas por discapacidad de hijos/as.

  • 30 de septiembre: Fin del plazo para ayudas por otros estudios (como másteres o habilitaciones).

  • Durante todo el año: Ayudas para víctimas de violencia de género y anticipos reintegrables.

Ayudas disponibles

PROCEDIMIENTO

IMPORTE MÁXIMO

PLAZOS

OBSERVACIONES

DESTINATARIOS

DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR

1947 - PRESTACIÓN ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

  • Primeras matrículas: hasta 600,00 €
  • Residencia: hasta 300,00 €
  • Transporte: hasta 150,00 €

Hasta el 31 de marzo de 2025

Por cada beneficiario se presentará una solicitud.

Las ayudas por estudios universitarios del Plan de Acción Social están destinadas a las enseñanzas de Grado, no incluyendo los Másteres.

Las ayudas por Residencia y Transporte son incompatibles

  • Personal docente que solicita la ayuda. (Los docentes que pertenezcan a MUFACE deberán aportar un certificado que acredite la concesión o no concesión de ayuda de estudios por parte de dicha mutualidad.)
  • Hijos e hijas del personal docente que solicita la ayuda. 

1. Resguardo de Matrícula/Certificado/informe original acreditativo de la matriculación, con expresión del curso y asignaturas que comprende indicando si es primera matrícula o no, e importe de cada asignatura.

2. Acreditación de los pagos efectuados.

3. Copia del resguardo de solicitud de beca y concesión o denegación, en su caso, del Ministerio o Universidad correspondiente.

4. Certificado de la empresa del otro cónyuge/pareja sobre la concesión o no de ayuda por el mismo concepto. En caso de que no trabaje o sea autónomo deberá justificar esta situación documentalmente.

5. En caso de que el otro progenitor sea personal público docente, del Servicio Murciano de Salud o Personal de Administración y Servicios (PAS) de la CARM, cumplimentar “Declaración de cónyuge”.

6. Residencia: certificado de admisión en Colegio Mayor, Residencia, o contrato arrendamiento, y acreditación de pago de 3 mensualidades.

7. Vida laboral del beneficiario.

1954 - PRESTACIÓN ESTUDIOS REGLADOS

200,00 €

Hasta el 31 de marzo de 2025

Por cada beneficiario se presentará una solicitud. Se entiende por “Estudios Reglados” los siguientes:

  • Bachillerato,
  • Ciclos Medios o Superiores de Formación Profesional o equivalentes, y
  • Estudios en Escuelas Oficiales de Idiomas
  • Personal docente.
  • Hijos e hijas del personal docente mayores de 16 años a 1 de enero de 2025.

1. Acreditación de la matriculación.

2. Certificado de la empresa del otro cónyuge/pareja sobre la concesión o no de ayuda por el mismo concepto. En caso de que el otro progenitor no trabaje o sea autónomo deberá justificarse documentalmente.

3. En caso de que el otro progenitor sea personal público docente, del Servicio Murciano de Salud o Personal de Administración y Servicios (PAS) de la CARM, cumplimentar “Declaración de cónyuge”.

4. En su caso, copia del resguardo de solicitud de beca y concesión o denegación de la entidad correspondiente.

5. Vida laboral del beneficiario mayor de 18 años.

895 - PRESTACIÓN OTROS ESTUDIOS

50% gastos con máximo 400,00 €

Hasta el 30 de septiembre de 2025

Se entiende por “Otros Estudios” los siguientes:

  • Especializaciones o habilitaciones para el ejercicio de una actividad o profesión, incluyendo los másteres universitarios.

Solo el personal docente (No están incluidos los hijos e hijas).

1. Acreditación de inscripción o matriculación en centro.

2. Acreditación de los pagos (Transferencia bancaria, Cargo de recibos domiciliados o comprobantes de ingreso bancario, cargo tarjeta).

3. Los docentes que pertenezcan a MUFACE deberán aportar un certificado que acredite la concesión o no concesión de ayuda de estudios por parte de dicha mutualidad.

885 - PRESTACIÓN DISCAPACIDAD HIJOS/HIJAS

Hasta un máximo de 1.000,00 €

Hasta el 30 de junio de 2025

1. Acreditación de inscripción en el Centro Educativo.

2. Acreditación de los pagos efectuados incluyendo transporte y comedor, en su caso, desde septiembre de 2024 a junio 2025, mediante transferencia bancaria, cargo de recibos domiciliados, comprobantes de ingreso bancario o cargos en tarjeta). (no se admitirán facturas globales por todas las mensualidades)

3. Resolución del Grado de Discapacidad.

4. Resolución del Grado de dependencia y certificado de las prestaciones concedidas.

5. Los docentes que pertenezcan a MUFACE deberán aportar un certificado que acredite la concesión o no concesión de ayuda de minusvalía de hijos por parte de dicha mutualidad.

892 - PRESTACIÓN DISCAPACIDAD PERSONAL

100,00 €

Para nuevos reconocimientos, hasta el día 31 de marzo de 2025 con el reconocimiento del grado de minusvalía en vigor.

Se abonará de oficio al personal que la hubiera obtenido en el ejercicio anterior y mantenga los requisitos a 31 de marzo de 2025. Para nuevos reconocimientos de minusvalía, o personal que no tuviese reconocida la minusvalía de forma definitiva, deberán presentar instancia normalizada hasta el día 31 de marzo de 2025 con el reconocimiento del grado de minusvalía en vigor.

Solicitud (solo en caso de no haberla obtenido anteriormente, o no estar en vigor la resolución de reconocimiento de discapacidad).

893 - PRESTACIÓN NATALIDAD O ADOPCIÓN

151,00 €

Hasta 60 días naturales desde el hecho causante (nacimiento o adopción)


1. En caso de nacimiento, se presentará el certificado de nacimiento o copia del Libro de Familia. En el caso de adopción se presentará la resolución judicial de adopción. 2. Certificado de la empresa del otro cónyuge/pareja sobre la concesión o no de ayuda por el mismo concepto. En caso de que no trabaje o sea autónomo deberá justificar esta situación documentalmente. 3. En caso de que el otro progenitor sea personal público docente, del Servicio Murciano de Salud o Personal de Administración y Servicios (PAS) de la CARM, deberá cumplimentar la “Declaración de cónyuge”. 

2531 - PRESTACIÓN VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

ANTICIPO REINTEGRABLE IMPORTE MÁXIMO 6.000,00 €

A lo largo del año

Plazo devolución: Entre 13 y 86 meses.

2531 - PRESTACIÓN VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

AYUDA DE CARÁCTER EXCEPCIONAL; Importe máximo: 500 € + 500 € adicionales por cada hijo o hija a cargo.

A lo largo del año

1. Acreditación de la condición víctima de violencia de género.

2. Acreditación documental de la insuficiencia de ingresos (sólo para la ayuda de carácter excepcional). 

662 - ANTICIPO REINTEGRABLE

DOBLE DE LAS RETRIBUCIONES ORDINARIAS MENSUALES

A lo largo del año

No se conceden dos anticipos simultáneos, ni se concede nuevo anticipo mientras no se hubiera liquidado en su totalidad un anticipo concedido anteriormente. 

Plazo devolución: Entre 13 y 36 meses.

  1. Solicitud.
  2. Ultima nómina ordinaria

Documentación y enlaces útiles

📌 Presenta tu solicitud por vía electrónica en la sede oficial:
🔗 https://sede.carm.es

📚 Consulta la Guía completa del procedimiento en la Intranet RICA (para personal con acceso):
🔗 https://rica.carm.es

🌐 Más info en: educarm.es
📍 Zona docente: rrhheducacion.carm.es

Descarga y comparte

¿Deseas suscribirte a la lista de correo de RRHH Educación?

Compartir :

Ir al contenido