Información general
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Funciones del Servicio

  1. Le compete la gestión del personal docente no universitario, desde su incorporación a la Administración Regional hasta la extinción de la relación de servicio, en todo aquello que no esté expresamente atribuido a otros órganos directivos. Asimismo, gestiona la acción social.
  2. Para el cumplimiento de sus funciones, este Servicio contará con las siguientes secciones:
    1. Gestión de Personal de Secundaria, a la que le competen las funciones correspondientes a
      la gestión del personal docente de Educación Secundaria.
    2.  Gestión de Personal de Infantil y Primaria, a la que le competen las funciones
      correspondientes a la gestión de personal docente de Educación Infantil y Primaria.
    3. Nóminas y Seguridad Social: encargada del procesamiento de nóminas y la seguridad social del personal docente.
    4.  Gestión de Acción Social: gestiona las ayudas e incentivos de la acción social para el personal docente.
    5.  Registro de Personal Docente: supervisa la inscripción y seguimiento de los movimientos administrativos del personal docente, en coordinación con el Registro General de personal.
      Además, el número de asesores y técnicos se determinará según la relación de puestos de Trabajo.

Actos de adjudicación

Este documento es un manual de usuario de la aplicación Educarm “Vacantes y Ceses para la Adjudicación Telemática”. Esta aplicación está dirigida al Equipo Directivo de cada centro educativo y se encuentra englobada en un grupo de 5 aplicaciones Educarm, relacionadas todas ellas con los Actos de Adjudicación Telemáticos Semanales.

Adjudicaciones presenciales y telefónicas curso 2024-2025

Para mejorar la gestión de vacantes, se ha establecido un nuevo calendario de actos de adjudicación semanales con el siguiente cronograma:

  • Incorporación de licencias e incidencias: Se incluirán hasta el lunes de cada semana.
  • Revisión de vacantes: los directores de los centros dispondrán de más tiempo para comprobar las vacantes ofertadas.
  • Ampliación del período de solicitud: los adjudicatarios tendrán un mayor plazo para realizar sus peticiones.

Cronograma de los actos de adjudicación semanales, curso 2024-2025

  1. El procedimiento de petición y resolución será informático y simultáneo para todos los profesores de las distintas enseñanzas.
  2. Simultáneamente al inicio del plazo de solicitud, se publicará en la web de la Consejería de Educación, en el área de Novedades de Recursos Humanos, un listado de vacantes a cubrir en cada acto y la convocatoria de aspirantes.
  3. Los directores revisarán esta publicación, informando mediante el correo spd_secundaria@murciaeduca.es / spd_primaria@murciaeduca.es sobre cualquier vacante inadecuada o inexistente que afecte a su centro, comunicándolo antes de la resolución del acto para que sean retiradas, en su caso.
  4. Los interesados podrán remitir un correo a la dirección spd_secundaria@murciaeduca.es / adtele.primaria@murciaeduca.es, en los mismos plazos informando de las incidencias que les consten.
  5. Miércoles a las 9:00 horas   publicación ( en Novedades D.G Recursos Humanos)  de incidencias para los adjudicatarios. 11:00 horas  cierre de plazo de las peticiones.12:00 horas publicación listado provisional de adjudicatarios con plaza. Hacia las 15:00 horas publicación de listado definitivos del acto de adjudicación.
  6. Jueves inicio del período de incorporación de adjudicatarios a centros ( en los casos que se autorice expresamente o se indique en la convocatoria, las incorporaciones podrán realizarse en día distinto a jueves).

Calendario Actos de Adjudicación Telemáticos Semanales curso 2024-2025

Día semanal Hora Acto
Lunes
14:30
Envío de vacantes a los centros para su conocimiento.
Martes
10:00
Fin de plazo de recepción de incidencias por parte de los centros a través de la aplicación ADTELE.
15:00(*)
Apertura acto de adjudicación.
Miércoles
09:00
Publicación ( en Novedades D.G. Recursos Humanos) de incidencias para los adjudicatarios.
11:00
Cierre de plazo de peticiones.
12:00
Publicación del listado provisional de adjudicatarios con plaza.
15:00(*)
Publicación del listado definitivo del acto de adjudicación.
Jueves
Inicio del período de incorporación a centros ( en los casos que se autorice expresamente o se indique en la convocatoria, las incorporaciones podrán realizarse en día distinto a jueves).

Normativa comisiones de servicio 2024/2025

Comisiones de servicio para órganos unipersonales de gobierno

Comisiones de servicio por motivos de carácter docente

Comisiones de servicio por programas educativos

Plan de Acción social

Normativa

Ayuda de Acción social 2025

Durante el ejercicio 2025, de las medidas contempladas en los Planes de Acción Social para el personal de la Administración general, sus organismos autónomos, personal docente y del Servicio Murciano de Salud y, en su caso, personas beneficiarias, solo podrán solicitarse las siguientes:

  1. Los anticipos reintegrables a cuenta de las retribuciones en su modalidad de extraordinarios. En esta ayuda, su importe no podrá ser superior al doble de las retribuciones ordinarias mensuales y su reintegro se realizará en el plazo mínimo de trece meses y máximo de treinta y seis meses.
  2. Las ayudas por discapacidad. En esta ayuda, su importe máximo será de 100 euros para el personal de la Administración regional y de 1.000 euros para sus hijos e hijas. Ayudas para hijos discapacitados.
  3. Ayudas por natalidad o adopción, siendo su importe de 151 euros.
  4. Prestaciones para la protección a las víctimas de violencia de género en la Administración Regional, que se ajustarán a lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo primera, letra b), de la Ley 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el ejercicio 2017.
  5. Ayudas por estudios universitarios. Su importe será de un máximo de 600 euros, que se incrementará hasta un máximo de 750 euros en caso de transporte o hasta un máximo de 900 en caso de residencia.
  6. Otros estudios reglados (Eso, Bachillerato, Ciclos Superiores de Formación Profesional o equivalentes y estudios en Escuelas Oficiales de Idiomas).
  7. Otros estudios (especializaciones o habilitaciones para el ejercicio de una actividad o profesión, que incluirán los másteres universitarios).

Sin perjuicio de lo anterior, previa negociación en la Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo, se podrán revisar y actualizar los Planes y prestaciones de Acción Social del personal para la recuperación progresiva de las distintas ayudas recogidas en los mismos.

PROCEDIMIENTO

IMPORTE MÁXIMO

PLAZOS

OBSERVACIONES

DESTINATARIOS

DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR

1947 - PRESTACIÓN ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

  • Primeras matrículas: hasta 600,00 €
  • Residencia: hasta 300,00 €
  • Transporte: hasta 150,00 €

Hasta el 31 de marzo de 2025

Por cada beneficiario se presentará una solicitud.

Las ayudas por estudios universitarios del Plan de Acción Social están destinadas a las enseñanzas de Grado, no incluyendo los Másteres.

Las ayudas por Residencia y Transporte son incompatibles

  • Personal docente que solicita la ayuda. (Los docentes que pertenezcan a MUFACE deberán aportar un certificado que acredite la concesión o no concesión de ayuda de estudios por parte de dicha mutualidad.)
  • Hijos e hijas del personal docente que solicita la ayuda. 

1. Resguardo de Matrícula/Certificado/informe original acreditativo de la matriculación, con expresión del curso y asignaturas que comprende indicando si es primera matrícula o no, e importe de cada asignatura.

2. Acreditación de los pagos efectuados.

3. Copia del resguardo de solicitud de beca y concesión o denegación, en su caso, del Ministerio o Universidad correspondiente.

4. Certificado de la empresa del otro cónyuge/pareja sobre la concesión o no de ayuda por el mismo concepto. En caso de que no trabaje o sea autónomo deberá justificar esta situación documentalmente.

5. En caso de que el otro progenitor sea personal público docente, del Servicio Murciano de Salud o Personal de Administración y Servicios (PAS) de la CARM, cumplimentar “Declaración de cónyuge”.

6. Residencia: certificado de admisión en Colegio Mayor, Residencia, o contrato arrendamiento, y acreditación de pago de 3 mensualidades.

7. Vida laboral del beneficiario.

1954 - PRESTACIÓN ESTUDIOS REGLADOS

200,00 €

Hasta el 31 de marzo de 2025

Por cada beneficiario se presentará una solicitud. Se entiende por “Estudios Reglados” los siguientes:

  • Bachillerato,
  • Ciclos Medios o Superiores de Formación Profesional o equivalentes, y
  • Estudios en Escuelas Oficiales de Idiomas
  • Personal docente.
  • Hijos e hijas del personal docente mayores de 16 años a 1 de enero de 2025.

1. Acreditación de la matriculación.

2. Certificado de la empresa del otro cónyuge/pareja sobre la concesión o no de ayuda por el mismo concepto. En caso de que el otro progenitor no trabaje o sea autónomo deberá justificarse documentalmente.

3. En caso de que el otro progenitor sea personal público docente, del Servicio Murciano de Salud o Personal de Administración y Servicios (PAS) de la CARM, cumplimentar “Declaración de cónyuge”.

4. En su caso, copia del resguardo de solicitud de beca y concesión o denegación de la entidad correspondiente.

5. Vida laboral del beneficiario mayor de 18 años.

895 - PRESTACIÓN OTROS ESTUDIOS

50% gastos con máximo 400,00 €

Hasta el 30 de septiembre de 2025

Se entiende por “Otros Estudios” los siguientes:

  • Especializaciones o habilitaciones para el ejercicio de una actividad o profesión, incluyendo los másteres universitarios.

Solo el personal docente (No están incluidos los hijos e hijas).

1. Acreditación de inscripción o matriculación en centro.

2. Acreditación de los pagos (Transferencia bancaria, Cargo de recibos domiciliados o comprobantes de ingreso bancario, cargo tarjeta).

3. Los docentes que pertenezcan a MUFACE deberán aportar un certificado que acredite la concesión o no concesión de ayuda de estudios por parte de dicha mutualidad.

885 - PRESTACIÓN DISCAPACIDAD HIJOS/HIJAS

Hasta un máximo de 1.000,00 €

Hasta el 30 de junio de 2025

1. Acreditación de inscripción en el Centro Educativo.

2. Acreditación de los pagos efectuados incluyendo transporte y comedor, en su caso, desde septiembre de 2024 a junio 2025, mediante transferencia bancaria, cargo de recibos domiciliados, comprobantes de ingreso bancario o cargos en tarjeta). (no se admitirán facturas globales por todas las mensualidades)

3. Resolución del Grado de Discapacidad.

4. Resolución del Grado de dependencia y certificado de las prestaciones concedidas.

5. Los docentes que pertenezcan a MUFACE deberán aportar un certificado que acredite la concesión o no concesión de ayuda de minusvalía de hijos por parte de dicha mutualidad.

892 - PRESTACIÓN DISCAPACIDAD PERSONAL

100,00 €

Para nuevos reconocimientos, hasta el día 31 de marzo de 2025 con el reconocimiento del grado de minusvalía en vigor.

Se abonará de oficio al personal que la hubiera obtenido en el ejercicio anterior y mantenga los requisitos a 31 de marzo de 2025. Para nuevos reconocimientos de minusvalía, o personal que no tuviese reconocida la minusvalía de forma definitiva, deberán presentar instancia normalizada hasta el día 31 de marzo de 2025 con el reconocimiento del grado de minusvalía en vigor.

Solicitud (solo en caso de no haberla obtenido anteriormente, o no estar en vigor la resolución de reconocimiento de discapacidad).

893 - PRESTACIÓN NATALIDAD O ADOPCIÓN

151,00 €

Hasta 60 días naturales desde el hecho causante (nacimiento o adopción)


1. En caso de nacimiento, se presentará el certificado de nacimiento o copia del Libro de Familia. En el caso de adopción se presentará la resolución judicial de adopción. 2. Certificado de la empresa del otro cónyuge/pareja sobre la concesión o no de ayuda por el mismo concepto. En caso de que no trabaje o sea autónomo deberá justificar esta situación documentalmente. 3. En caso de que el otro progenitor sea personal público docente, del Servicio Murciano de Salud o Personal de Administración y Servicios (PAS) de la CARM, deberá cumplimentar la “Declaración de cónyuge”. 

2531 - PRESTACIÓN VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

ANTICIPO REINTEGRABLE IMPORTE MÁXIMO 6.000,00 €

A lo largo del año

Plazo devolución: Entre 13 y 86 meses.

2531 - PRESTACIÓN VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

AYUDA DE CARÁCTER EXCEPCIONAL; Importe máximo: 500 € + 500 € adicionales por cada hijo o hija a cargo.

A lo largo del año

1. Acreditación de la condición víctima de violencia de género.

2. Acreditación documental de la insuficiencia de ingresos (sólo para la ayuda de carácter excepcional). 

662 - ANTICIPO REINTEGRABLE

DOBLE DE LAS RETRIBUCIONES ORDINARIAS MENSUALES

A lo largo del año

No se conceden dos anticipos simultáneos, ni se concede nuevo anticipo mientras no se hubiera liquidado en su totalidad un anticipo concedido anteriormente. 

Plazo devolución: Entre 13 y 36 meses.

  1. Solicitud.
  2. Ultima nómina ordinaria

Jubilaciones y Prórroga del Servicio Activo

Jubilación voluntaria personal docente. Procedimiento 2065

Objeto

Posibilitar la jubilación voluntaria del personal docente no universitario.

Información de Interés

El procedimiento es el siguiente:

  1. Cumplimente una solicitud genérica indicando el tipo de jubilación de que se trata (VOLUNTARIA) y la fecha exacta en que desea ser jubilado/a que, al tratarse de una jubilación voluntaria, debe estar comprendida entre el día 11 y el último día del mes de su jubilación.
  2. Cumplimente el impreso Declaraciones del funcionario para el reconocimiento de la pensión. Si tiene alguna duda respecto a cómo hacerlo, puede consultar las notas aclaratorias.
  3. Remita ambos documentos al Servicio de Personal Docente a través del registro de la Consejería de Educación, a través de la Ventanilla Única de cualquier ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o por Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  4. Si tiene previsto jubilarse en el plazo de un año y desea conocer la cuantía estimada de su posible pensión de jubilación de Clases Pasivas y tiene períodos cotizados en otros regímenes de Seguridad Social para que se le computen a efectos de su pensión en el régimen de Clases Pasivas, puede solicitar cita previa en las Unidades de Clases Pasivas de las delegaciones de Economía y Hacienda en Murcia y Cartagena. En el siguiente enlace dispone de toda la información pertinente: Cita previa Clases Pasivas (El órgano de personal no expedirá el Certificado de Servicios (CS), como máximo, con un año de antelación a la fecha de jubilación voluntaria).

Prolongación de la permanencia en el servicio activo Procedimiento 0159

Objeto

Posibilitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal funcionario de carrera e interino  de los cuerpos docentes, que voluntariamente lo deseen hasta que cumplan, como máximo, los setenta años de edad y posibilitar la finalización de la prolongación de la permanencia en el servicio Activo

Información de Interés

El procedimiento es el siguiente:

  1. El/la interesado/a debe presentar la solicitud con una antelación mínima de 4 meses y máxima de 6 a la fecha en la que se cumpla la edad de jubilación forzosa.
  2. La Dirección General competente en materia de Recursos Humanos resolverá por delegación del/a consejero/a de manera expresa y motivada la concesión o denegación de la prolongación de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 1.2 del artículo 39 del texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
  3. La prolongación se concederá por periodos de 1 año renovables hasta como máximo los 70 años, a solicitud de la persona en los mismos plazos establecidos en el punto 1.
  4. El/la interesado/a que solicita la prolongación podrá, al mismo tiempo, solicitar que esta finalice con efectos de 31 de agosto del año para el que haya sido concedida, no pudiendo cesar antes del 30 de junio de dicho año.
  5. Además podrá voluntariamente poner fin a la prolongación concedida con una antelación mínima de 3 meses a la fecha en la que desee cesar en su puesto de trabajo.
  6. La resolución se notificará en el plazo de 3 meses, transcurrido el cual, sin haberse dictado y notificado, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud.

Personal Laboral

Elecciones sindicales personal laboral docente 2023

Profesores de Religión

Expertos en el sector productivo 2024-25

Auxiliares de conversación (British Council)

Habilitaciones

OTROS PROCEDIMIENTOS DE HABILITACIÓN

Nóminas y Seguridad Social

Retención IRPF Nómina funcionarios interinos

Para el cálculo del tipo de retención  por IRPF que se aplica en nómina se tomará la suma de las retribuciones, dinerarias o en especie que, de acuerdo con las normas o estipulaciones contractuales aplicables y demás circunstancias previsibles, vaya normalmente a percibir el trabajador en el año natural, teniendo en cuenta los datos personales y familiares comunicados por el perceptor al pagador a través del modelo 145.

Señalar, que en el caso del personal interino y personal laboral temporal, si al concluir el período inicialmente previsto en un nombramiento/contrato o relación continúa prestando sus servicios o volviese a hacerlo dentro del año natural, procederá la regularización el tipo de retención por IRPF a aplicar. Responde esta circunstancia a las variaciones del tipo de retención que se observan en las nóminas de estos colectivos. Asimismo procederá la regularización si a lo largo del año natural se produce una variación en los datos personales y familiares inicialmente comunicados a través del modelo 145, siempre que estos sean comunicados. No será preciso reiterar en cada ejercicio la comunicación de datos al pagador, en tanto no varíen las circunstancias personales y familiares ya comunicadas por el trabajador.

Se podrá solicitar en cualquier momento la aplicación de tipos de retención superiores a los que resulten de lo previsto en los párrafos anteriores. Ahora bien, el nuevo tipo de retención solicitado sólo será efectivo siempre que sea superior al que corresponde, ya que en caso contrario se aplicará este último.

 Art. 88. Reg. Irpf (RD 439/2007) La falta de comunicación al pagador de estas circunstancias personales y familiares o de su variación, determinará que aquél aplique el tipo de retención correspondiente sin tener en cuenta dichas circunstancias, sin perjuicio de las responsabilidades en que el perceptor pudiera incurrir cuando la falta de comunicación de dichas circunstancias determine la aplicación de un tipo inferior al que corresponda, en los términos previstos en el artículo 107 de la Ley 35/2006 del Impuesto IRPF.

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CERTIFICADOS DE EMPRESA

Todos los certificados de empresa (PARA EL INEM) que se soliciten en esta Consejería, se remitirán por vía telemática a dicho organismo, conforme a lo establecido en la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos.

Es decir,  no es necesario recoger personalmente el certificado  de empresa en la Sección de Nóminas y Seguridad Social, éstos se envían por vía telemática al INEM.

elecciones

Información de contacto Servicio de Personal Docente

Atención Personal docente Infantil y Primaria

Departamento Teléfono directo Opciones centralita
Religión y Especialistas
968-366273
Jubilaciones
968-365950
Cargos Directivos
968-366800
5
Funcionarios
968-375333
5
Interinos
968-357467
5
Licencias y Permisos
968-365395
4
Trienios/Sexenios
968-375335
5
Nóminas
968-371022
7
Seguridad Social
968-362776
7
Habilitaciones
968-365904

Atención Personal docente Secundaria y Otros Cuerpos

Departamento Teléfono directo Opciones centralita
Religión y Especialistas
968-366273
Jubilaciones
968-365950
Cargos Directivos
968-362864
5
Funcionarios
968-365113
5
Interinos
968-368915
5
Licencias y Permisos
968-371028
4
Trienios/Sexenios
968-368520
5
Nóminas
968-368027
7
Seguridad Social
968-368021
7
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