CSIF Educación RM informa: Sobre abuso de temporalidad e interinos

El Supremo constata el abuso de la temporalidad en la Administración: CSIF exige sanciones ejemplares, claras, concretas y aplicables.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo fija un nuevo criterio para el personal laboral tras el fallo del TJUE.

La reciente resolución del Tribunal Supremo, STS 1959/2026 – ECLI:ES:TS:2026:1959, ha vuelto a situar la precariedad del empleo público en el centro del debate.

Aunque el fallo supone un avance contra el fraude de ley por contratación sucesiva, CSIF advierte que el escenario no ofrece una solución generalizada, abriendo una clara brecha entre el personal laboral y el funcionario interino.

La sentencia del Tribunal Supremo afecta directamente y en exclusiva al personal laboral, abriendo la puerta a la declaración de fijeza como sanción al abuso en los contratos de duración determinada. Sin embargo, esta medida no es trasladable al personal funcionario interino.

El personal funcionario se rige por el derecho administrativo y depende de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Esta sala, en un auto de abril de 2026, rehusó expresamente modificar su doctrina, manteniendo que para apreciar abuso en el sector docente deben confluir múltiples factores específicos y no basta con sumar años de servicio.

Promover “reclamaciones masivas” conllevan un significativo riesgo de ser condenados al pago de las costas judiciales.

El fallo judicial es la prueba inequívoca de que en España se sigue produciendo un abuso sistemático de la temporalidad en las administraciones públicas.

Es muy preocupante que las cifras de temporalidad en el sector público continúan estancadas en el 30%, muy lejos del 8% que marca la legislación vigente.

Ante esto, CSIF exige un endurecimiento drástico de las consecuencias:

Sanciones ejemplares: Reclaman que la responsabilidad recaiga directamente sobre los máximos responsables políticos y gestores que perpetúen el fraude de ley.

Procesos transparentes: Exigen la eliminación de la “tasa de reposición” y la convocatoria ágil de todas las plazas estructurales ocupadas de forma interina.


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