Estimadas compañeras y estimados compañeros:
El Real Decreto 486/197 establece que las temperaturas en los centros educativos deben estar comprendidas entre los 17º y 27º. Con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tenemos el derecho a interrumpir la actividad lectiva si consideramos que existe un riesgo grave e inminente para nuestra salud.
Desde STERM, os proponemos una serie de acciones para forzar a la Consejería de Educación a tomar medidas que nos protejan del calor en nuestros puestos de trabajo.

