STERM – Medidas contra el calor en las aulas

Estimados/as compañeros/as,

Una vez más, hemos iniciado el curso con aulas que sobrepasan los 27 ºC, lo que nos obliga a desarrollar nuestra labor docente en unas condiciones ambientales que exponen  a un riesgo de estrés térmico, tanto al personal docente y no docente, como al alumnado. Ante esta situación, desde STERM os proponemos algunas medidas que podéis llevar a cabo desde los centros educativos.

¿Qué puedes hacer como docente a nivel individual?

  • Todas las personas trabajadoras tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el aula si se sobrepasan los 27 ºC y considera que existe un riesgo inminente y grave para su salud o para la del alumnado. Recuerda que este derecho no exime de la responsabilidad docente de velar por la seguridad y cuidado del alumnado, por lo que se debe garantizar su supervisión en todo momento.

  • En el caso de que se superen los 27 ºC en el aula, tanto si se interrumpe la actividad lectiva como si no, todo el personal docente puede realizar una notificación individual ante el  Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Educación (facilitamos un modelo que se debe presentar por el procedimiento 2769). Junto con este modelo, conviene adjuntar fotografías que muestren un termómetro con temperaturas que superen los 27 ºC y la fecha correspondiente. Nuestra recomendación es que esta notificación se efectúe cada vez que se superen los 27 ºC.

  • Para llevar un seguimiento de la situación, se debe enviar el resguardo de presentación de la notificación a sterm@sterm.org. El objetivo de esta acción es llevar un registro de las notificaciones con la intención de presentar en su caso una denuncia ante la Inspección de Trabajo.

 ¿Qué puede hacer tu equipo directivo?

  • Interrumpir la actividad lectiva cuando se considere que dicha actividad suponga un riesgo para la salud del personal o del alumnado. Se debe informar de esta circunstancia al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Educación.

  • Si se opta por la no interrupción de la actividad lectiva, se puede notificar también al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales cualquier superación de los límites de temperatura establecidos legalmente (superior a 27 ºC). En esta comunicación se puede informar de la posibilidad de tener que interrumpir las clases si la situación no mejora.

  • Os facilitamos un modelo de notificación al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para cualquiera de los casos expuestos anteriormente. Este modelo debéis presentarlo por sede electrónica a través del procedimiento 2769, utilizando como órgano de destino el Servicio de Personal Docente y aclarando en el Expone que va dirigido al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería. Junto con este modelo, conviene adjuntar fotografías que muestren un termómetro con temperaturas que superen los 27 ºC y la fecha correspondiente. Nuestra recomendación es que esta notificación se efectúe cada vez que se superen los 27 ºC.

  • Para llevar un seguimiento de la situación, se debe enviar el resguardo de presentación de la notificación a sterm@sterm.org. El objetivo de esta acción es llevar un registro de las notificaciones con la intención de presentar en su caso una denuncia ante la Inspección de Trabajo.

Un saludo,

Secretariado de STERM INTERSINDICAL

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