Desconexión digital

La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y La Ley 10/2021, de Trabajo a Distancia, recogen el derecho a la desconexión digital de todas las personas trabajadoras.

Es importante señalar que la sobreexposición tecnológica y la conectividad permanente producen impactos negativos en la salud mental, cardiovascular y musculoesquelética.

El derecho a la desconexión digital contribuye a garantizar el derecho al descanso, a la intimidad personal y familiar, a la conciliación y a una protección eficaz de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

 

Documentación divulgativa:

Fuente: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

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